11 de marzo de 2008

El TJCE declara ilegal el despido de una trabajadora por estar sometiéndose a una fertilización in vitro

La sentencia se refiere al caso de una ciudadana austriaca que se sometió a un tratamiento de reproducción asistida y durante dicho período fue despedida.

Los tribunales austriacos ante los que recurrió decidieron enviar la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas.

El análisis de esta cuestión ha llevado al órgano jurisdiccional comunitario a plantearse si una trabajadora que se somete a una operación de fertilización in vitro es, a efectos legales, una "trabajadora embarazada" y como tal debe recibir idéntico tratamiento en materia de despido.
Por su parte en virtud del principio de no discriminación debe reconocerse a la mujer una protección contra el despido que lo prohíba durante el período comprendido entre el inicio del embarazo y el término del permiso de maternidad.

En conclusión, este Tribunal reconoce que la recurrente puede acogerse a la protección de la discriminación por razón de sexo conferida por la normativa comunitaria sobre la igualdad de trato entre hombres y mujeres, siempre que quede demostrado que fue el hecho de someterse a un tratamiento de fecundación lo que ocasionó su despido.

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